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Como tratar las señales de alarma

Conoce a fondo todo sobre Como tratar las señales de alarma y descubre mas acerca de este tema a continuación.

A continuación vamos a conocer cuáles son los problemas y las limitaciones actuales que suelen ocurrir cuando se intentan verificar los sistemas de alarmas.

La mayoría de los usuarios piensan que las obligaciones de las centrales de alarmas son comunicar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado cualquier tipo de señal de alarma que reciban, mientras que la única manera es la verificación mediante una llamada de teléfono para poder conseguirlo.

Los usuarios no comprenden que antes de comunicar una alarma a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado hay que verificar que es alarma es real.

Durante la década de los 90, la mayoría de las alarmas que se encontraban conectadas no podían identificar los detectores, además el poco volumen del sonido de las alarmas activadas no generaba un transtorno generalizado en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Ya a partir del año 95 un importante crecimiento en el número de conexiones de alarmas con el consecuente aumento de falsas alarmas no quiso desbordar los medios humanos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

O.M 23 abril de 1997

Al imponerse esta norma se estableció la obligación de identificar todos los detectores a la central de alarmas a la que estarían conectados. Principalmente se debería proteger directamente los bienes que serían objeto de protección, pasando a un papel secundario los que estarían instalados en zonas de acceso o de paso hacia los bienes primarios. Así pues según esta norma se consideraría la activación de una alarma cuando al menos una principal o secundarias se activarían.

La situación actual según el Real Decreto 1123/2001 es el siguiente:

Se establece la posibilidad de que las centrales de alarmas pueden verificar mediante medios humanos la activación de las alarmas en caso de que dispongan de dichos medios humanos.

Por lo tanto el ministerio del interior interpreta que si no existen medios técnicos con suficientes garantías de fiabilidad, puede enviarse al titular de la alarma un vigilante de seguridad con la titulación necesaria si se cree que es necesario y se dispone de él.

Asimismo la tecnología nos ofrece cada vez detectores más fiables, aunque la probabilidad de que se produzca un fallo o una avería es impredecible ya que estamos hablando de sistemas electrónicos que no son infalibles.

Los sistemas que complementa los detectores como por ejemplo detectores de audio o cámaras de video son complementos de verificación totalmente útiles que como es lógico también pueden fallar e incluso en determinados casos no resulta posible su implantación.

Según la ley también existe un expediente sancionador por falsa alarma y eso se hace cuando se envía al titular de la alarma sin haber comprobado previamente si la alarma es o no real, ya que se debe realizar y valorar previamente el protocolo de verificación técnica para tomar la decisión de si la alarma es real o no.

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